Leyes, decretos, proyectos, programas, etc.

Rector Normalizador con plazo vencido el 27 de Noviembre de 2007

Rector Normalizador con plazo vencido el 27 de Noviembre de 2007
Sr. Norberto Raul Caminoa

miércoles, 29 de octubre de 2008


RESOLUCIÓN 1598/2008

Modificación del Estatuto Académico Provisorio de la Universidad Nacional de Chilecito.
Bs. As., 14/10/2008
VISTO: El Expediente Nº 20902/06 del registro del entonces MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA y

CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramitó la aprobación y publicación del Estatuto Académico Provisorio de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO, a cuyo texto aprobado por Resolución Ministerial Nº 441 de fecha 27 de abril de 2007 el señor Rector Organizador consideró necesario introducir algunas modificaciones, que somete a consideración de este Ministerio en los términos del artículo 34 de la Ley 24.521, para su aprobación y posterior publicación.
Que las presentes modificaciones fueron aprobadas por Resolución del señor Rector Organizador Nº 283 de fecha 3 de septiembre de 2008.
Que analizadas las modificaciones introducidas en el Estatuto, consistentes en la nueva redacción del inciso e) del artículo 64 y de los artículos 72, 81 y 96, no se encuentran objeciones legales que formular, por lo que procede disponer la publicación solicitada.
Que el organismo con responsabilidad primaria en el tema y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 34 de la Ley 24.521.

Por ello, EL MINISTRO DE EDUCACION, RESUELVE: Art. 1 - Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del nuevo texto de los artículos 64 inciso e), 72, 81 y 96 del Estatuto Académico Provisorio de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO, cuya redacción fue aprobada por Resolución de su Rector Organizador mediante Resolución Rectoral Nº 283 de fecha 3 de septiembre de 2008, quedando redactados de acuerdo al texto que se encuentra reproducido en el Anexo, que a todos los efectos forma parte de la presente; Art. 2 – DE FORMA.

ANEXO

Art. 64: inciso e) Tres consejeros por el claustro estudiantil.

Art. 72: Para ser designado Rector y Vicerrector, se requerirá ser o haber sido profesor titular por concurso de una universidad nacional, acorde lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Educación Superior. Además se requerirá ser argentino nativo o por opción, tener por lo menos cuarenta años de edad cumplidos, poseer título de grado universitario reconocido, y haber transcurrido un mínimo de diez años desde la obtención del mismo y acreditar, como mínimo, diez años de antigüedad en la docencia universitaria.

Art. 81: Los Consejeros, serán elegidos en forma directa por los profesores ordinarios pertenecientes al departamento, durarán tres años en sus funciones y podrán ser reelectos.

Art. 96: Estarán presididos por un Director, cuya designación será realizada por el Consejo Superior, en base a una terna propuesta por el conjunto de los Docentes Investigadores que, por afinidad disciplinar, se incorporen en cada instituto, la que será elegida mediante el procedimiento que surja de la reglamentación que el Consejo Superior dicte a esos efectos.

jueves, 25 de septiembre de 2008

Gestion 2007 presentada por Caminoa


LADO A

DOCUMENTOS FUNDAMENTALES PARA LA UNDEC: Finalmente, luego de una intensa labor, la Universidad ha logrado la aprobación de su Estatuto, así como de su Plan Estratégico.
Tras ser aprobados, estos documentos están a disposición de la comunidad: el Estatuto se encuentra en soporte gráfico y el Plan Estratégico está disponible en www.undec.edu.ar.

CONVENIOS: La Universidad firmó este año 10 convenios con diversos actores, con el firme objetivo de promover la cooperación y el trabajo en red. En cuanto a convenios con empresas, se destaca la puesta en marcha del Conglomerado del Valle de Famatina, la consolidada relación con la empresa de transportes General Urquiza y el acuerdo de pasantías con la empresa de turismo local Inka Ñan. Asimismo, se llegó a un acuerdo con el Hospital Eleazar Herrera Mota y se convalidaron convenios con la Cámara de Turismo de la Municipalidad y con el CONICET, entre otros.

EGRESADOS Y TÍTULOS: Hasta junio de 2005 la UNdeC había entregado sólo 3 diplomas y en colación privada. A partir de la nueva gestión -y teniendo en cuenta las normas legales vigentes- se instrumentó el Registro de Graduados y la entrega oficial de Títulos y Diplomas en Colación de Graduados, con la participación de la Comunidad de Chilecito.
A la fecha se entregaron 77 diplomas a los alumnos egresados, en las dos colaciones de grado, establecidas por año, el 20 de mayo (Día de La Rioja) y 5 de noviembre (Aniversario de creación de la Universidad). En 2007, se otorgaron 38 títulos (18 en mayo y 20 en noviembre.)
El 4 de noviembre, luego de la colación, se realizó la Fiesta Aniversario, oportunidad en que familiares, alumnos, docentes y administrativos se unieron al festejo de estos cuatro años de crecimiento de la Universidad.

REGLAMENTOS: Con la participación de varias áreas administrativas, se redactaron tres reglamentos imprescindibles para el correcto funcionamiento de la Universidad. Los mismos regularizan el sistema de Trámites, la administración de la Biblioteca y, en lo académico, los llamados a Concursos y Becas.
De reciente finalización, estos reglamentos comenzarán a implementarse oficialmente a partir de enero del año entrante.

BECAS DOCTORALES CONICET: La UNdeC ha postulado 6 becarios para acceder a becas del CONICET para realizar posgrados en distintos lugares del país. Hasta el momento 4 de los aspirantes se encuentran en la etapa final de evaluación.

BIBLIOTECA: Como ha sido comentado, el reglamento de Biblioteca fue finalizado y entrará en funcionamiento a partir del ciclo lectivo 2008. Asimismo, en 2007 se organizaron nuevos servicios para los usuarios, siendo destacable el acceso a los portales de búsqueda académica OVID Nature, Wilson y del Institute of Physic.
Para la comodidad de los usuarios, pudo implementarse finalmente el sistema de carnets de socios.

REGULARIZACIÓN: Al pasar a formar parte de la UNdeC alumnos provenientes de la UNLaR, así como de otras Universidades, se suscitaron diversos inconvenientes administrativos relacionados fundamentalmente a las diferencias en los planes de estudio y la ausencia de notas, entre otras dificultades.
Luego de un arduo trabajo que llevó más de dos años, en 2007 se le dio fin a estos problemas, a partir de la regularización de casi 250 alumnos.
Preparación metodológica y la investigación. A la fecha esta Casa de Altos Estudios cuenta con 21 adscriptos.

MODIFICACIÓN DE PLANES DE CARRERA: Durante el corriente año lectivo se han implementado nuevos planes de estudios para aquellas carreras en las que se consideró necesario la modificación y modernización de los planes de estudio, de conformidad con las nuevas exigencias y necesidades de la comunidad donde se encuentra inserta nuestra casa.
Las carreras donde se produjeron estos nuevos planes de estudios son: Ingeniería Agronómica, Licenciatura en Ciencias Económicas, Licenciatura en Biología, Profesorado en Ciencias Biológicas y Profesorado en Ciencias Económicas.
Los mismos ya cuentan con alumnos cursando el primer año de cada carrera.

SEGURIDAD E HIGIENE: En el ámbito de la Subsecretaría de Coordinación Operativa, se trabaja la temática vinculada a Higiene y Seguridad en el Trabajo. El área está a cargo de un responsable institucional, quien elabora y ejecuta el Plan específico, determina las compras y contrataciones en la materia y se ocupa de la capacitación del personal.

INSCRIPTOS Y ADSCRIPTOS: La inscripción al ciclo lectivo 2007 mantuvo su crecimiento en todas las carreras que se dictan en esta Universidad: 462 aspirantes (406 en 2006), siendo las carreras de Abogacía y Turismo las de mayor número de ingresantes.
Se reorganizó el régimen de adscripción. Los adscriptos son aquellos egresados que comienzan a formarse en su carrera docente, incluyendo la nueva carrera. La Universidad supo reconocer este año la necesidad regional de formar técnicos especializados en el armado de páginas web. Ante este reconocimiento, ágilmente creó la Tecnicatura en Desarrollo de Aplicaciones Web, con el objetivo de dar respuesta a la falta de estos profesionales en el sector productivo regional y que tan importantes resultan en estos tiempos.


REFORMA ESTRUCTURAL

SECRETARÍA GENERAL Y DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN: El importante crecimiento protagonizado por la UNdeC llevó a producir transformaciones estructurales que acompañen dicho proceso. En este sentido, se requirió de la existencia de una Secretaria General donde específicamente se administren los procesos de constitución y de funcionamiento de los Órganos de Gobierno. La creación de esta secretaría implicó el traspaso desde la Secretaría de Gestión Institucional de las unidades Despacho y Mesa de Entradas.
De esta forma, la actual Secretaría de Gestión Institucional se configura, en parte, como una secretaría administrativa clásica, contando con los servicios administrativos-financieros de la Universidad: Presupuesto; Compras y Contrataciones; Tesorería; Patrimonio; y Personal. Estas áreas se nuclean en la Dirección General de Administración y en la Subsecretaría de Coordinación Operativa (Mantenimiento, Limpieza, Seguridad, Parque Automotor, etc.), incluyendo la ejecución de Obras Públicas.

PASE A PLANTA DEL PERSONAL NO DOCENTE: Además de acordarse importantes incrementos salariales y blanqueo de salarios, se ha logrado avanzar aun más. Fue aprobado el Convenio Colectivo de Trabajo, que creó un nuevo Escalafón y viabilizó el proceso de reencasillamiento del Personal No Docente de la UNdeC en base a las pautas y criterios establecidos a nivel del sistema universitario nacional.
Como corolario del mismo, al tener dicho proceso instancias definidas de análisis y evaluación del personal con sentido funcional, se resolvió instituir la planta de personal no docente permanente de la UNdeC integrándola con la totalidad del Personal del sector en servicio.
Este es el punto de partida para la constitución del claustro No docente de la Universidad.
Obras: la Universidad crece
PRESUPUESTO X 5: El crédito presupuestario de la UNdeC -Fuente de Financiamiento Tesoro Nacionales quintuplicó en los últimos cuatro años. Los $2.725.000 de 2004 ascendieron a $13.500.000 en 2007.
En este crecimiento, es destacable la incidencia de las mejoras en Política Salarial a nivel nacional y la incorporación de la UNdeC, desde 2005, al Programa de Apoyo a las
Universidades Nuevas (PROUN) en el ámbito de la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) www.me.gov.ar/spu/tramites/Guia_de_Tramites_por_orden_alf/Guia_de_Tramites__PROUN/guia_de_tramites__proun.html. Tal incidencia se explicita al observar la Ejecución Presupuestaria, donde se integran todas las Fuentes de Financiamiento.
Allí se puede observar además la incidencia de la Ampliación Sede Los Sarmientos I, financiada en el marco del Programa de Apoyo al Desarrollo de la Infraestructura Universitaria correspondiente al Ministerio de Planificación Federal de la Nación (MINPLAN).

LOS NÚMEROS EN ORDEN: La Unidad de Auditoría Interna está conformada por un Auditor Interno Titular y un Asistente Administrativo, cubriéndose sólo el primer cargo.
De acuerdo a la Planificación oportunamente presentada y aprobada por la Sindicatura
General de la Nación (S.I.G.E.N.), los Proyectos de Auditoría más relevantes a desarrollarse durante el presente Ejercicio fueron:

- Cuenta de Inversión 2006.
- Regularización Institucional.
- Informe de Evaluación del Sistema de Control Interno 2006 (I.E.S.C.I. 2006).
- Infraestructura y Mejoras.
- Compras y Contrataciones.
- Evaluación del Control Interno para la Tecnología de la Información 2006 (E.C.I.T.I. 2006).

El rol de esta Unidad de Control sigue siendo el de detectar errores y recomendar soluciones para subsanarlos en el marco del principio de la mejora continua de todos los Procesos, Procedimientos y Sistemas de la Universidad.

$300.000 PARA EL LABORATORIO DE QUÍMICA: Tras gestiones realizadas en la SPU, se obtuvo el financiamiento para equipar el Laboratorio de Química del nuevo edificio.
El monto otorgado asciende a $ 300.000 y está destinado específicamente para posibilitar el desarrollo de actividades académicas.

CONVOCATORIAS DE LA SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS (SPU): A la convocatoria de Proyectos de voluntariado y extensión se presentaron un total de 8 proyectos -6 de extensión y 2 de voluntariado-, la mayoría de ellos en las áreas de biología y medio ambiente.
Por otra parte, 18 estudiantes fueron beneficiados por becas de $2500 anuales otorgadas también por la SPU. En este sentido, cabe destacar que la convocatoria 2007 (para becas 2008) ha logrado un éxito absoluto: en 2005, fueron 36 los beneficiarios; en 2006, 16; en 2007, lo dicho, 17 alumnos. Ahora bien, tras un gran esfuerzo de motivación, en 2008 serán 65 los alumnos que poseerán la ayuda económica otorgada por la SPU.

PROMOCIÓN DE CARRERAS: Con el objetivo de dar a conocer la oferta académica de la UNdeC, se participó activamente en las Ferias del Libro realizadas en Chilecito y en la capital provincial. Asimismo, también en La Rioja, la Universidad estuvo presente en la edición 2007 de Septiembre Joven. Por último, y como todos los años, la UNdeC estará presente apoyando el Festival Navidad en los cerros.

PROGRAMA DE ARTICULACIÓN UNIVERSIDAD – NIVEL MEDIO: Desde septiembre de 2005, un equipo de docentes de la UNdeC lleva adelante esta iniciativa que se propone elevar las expectativas de los estudiantes de escuelas medias y asegurar la preparación para su inserción y permanencia en el nivel superior.
En este sentido, los docentes trabajan sobre los aspectos de motivación y adaptación al medio universitario, problemáticas decisivas en esta transición.
El acompañamiento a los aspirantes se realiza mediante tres acciones concretas: Orientación Vocacional, Difusión de Carreras (planes de estudio, duración y salida laboral) y Cursos de Apoyo (Matemática, Física, Química y Lengua). La experiencia resulta un insumo fundamental para la permanente adaptación del Curso de Ingreso UNdeC.
En 2007, estas acciones se desarrollaron en conjunto con las siguientes escuelas:
Chilecito: Normal “Joaquín V. González”, de Comercio “Facundo Quiroga”, Polivalente de Arte “Roberto Trasobares”, E.P.E.T N° 1 y N° 2, Bachillerato para Adultos “Eva Duarte de Perón”.
- Escuela de Comercio y Escuela Enológico, Nonogasta; Colegio Secundario de Anguinán, Colegio Privado “San Pablo”, Sañogasta y Colegio “Manuel Estrada” Vichigasta., Colegio Secundario Malligasta.
- Escuela de Comercio y Escuela Agropecuaria “Wolf Scholnik”, del Dpto. Famatina Hubo 188 inscriptos al Programa de Orientación Vocacional y 70 alumnos en los cursos de Apoyo Pre-Universitario: 30 en Matemática, 25 en Química, 10 en Física y 5 en Lenguaje Universitario.
El acercamiento e intercambio interinstitucional año a año se va consolidando, así mismo la aceptación en las diferentes escuelas sobre charlas de Difusión de Carreras de la UNdeC, se demuestran en el respeto y recepcionalidad a nuestras ofertas académicas.

PASANTÍAS Y PRÁCTICAS PREPROFESIONALES: Alrededor de 20 alumnos de la Universidad tuvieron la posibilidad de hacer sus primeras armas en la profesión.
La Cooperativa Vitivinícola La Riojana, el Instituto Nacional de Vitivinicultura, la empresa de turismo Inka Ñan, un estudio jurídico y el Ministerio Público fueron las entidades que supieron percibir la apertura de la Universidad.

POR UNA REGIÓN COMPETITIVA: La Universidad trabaja junto a la Municipalidad de Chilecito, CARPA y la Cooperativa Vitivinifrutícola de La Rioja Ltda. (La Riojana) en la consolidación del “Conglomerado Agroindustrial del Valle de Famatina”. Este proyecto, que está orientado a multiplicar la competitividad de la Región, cuenta con una preadjudicacion de U$S 4 millones para la ejecución de proyectos con impacto sistémico.
Este financiamiento llega a la región como resultado de diversas gestiones realizadas por la Universidad.
El evento más destacable de 2007 fue la visita a Chilecito del Dr. Gian Giuseppe Bentini (Universidad de Bologna, Italia), experto en la conformación de conglomerados productivos. El Dr. Bentini destacó las capacidades y competencias de la región y el alto impacto que la ejecución de este proyecto tendrá en el desarrollo del territorio y de la competitividad de la producción.
A partir de un intenso trabajo en equipo, se identificaron para una primera etapa los siguientes proyectos a realizarse en el marco del Conglomerado:

1. Creación y operación de Campos Experimentales.
2. Creación y operación de plantas piloto de vid y aceite de oliva.
3. Estudios de prospección y proyección de disponibilidad y calidad de agua en la cuenca.
4. Planta para el procesamiento de pasas.
5. Desarrollo de nuevas tecnologías para la elaboración de vinos tintos de exportación.

Cabe destacar que el Proyecto es acompañado en forma permanente por expertos del Fondo Tecnológico Argentino, con el objeto de evaluar los principales proyectos identificados y las líneas financieras que se aplicaran para su ejecución.

NORTE GRANDE: En coherencia con el compromiso de la UNdeC con la comunidad y la región, en 2007 ha participado activamente en las reuniones del Grupo de Universidades Nacionales del Norte Grande Argentino. Este es un ámbito plural de discusión de políticas académicas, con el fin de reforzar la pertenencia a la región, sin perder de vista el fin último de la universidad pública, que es la producción de conocimiento relevante de excelencia, para volcarlo a la comunidad y responder a sus demandas con sensibilidad social.
Está integrado por las Universidades Nacionales de: Tucumán, Jujuy, Salta, Santiago del Estero, Catamarca, Córdoba, Nordeste Formosa, Misiones, Tecnológica, Chilecito. En este contexto, se creó el Instituto Norte Andino, con el objetivo de fomentar la cooperación entre las Universidades Nacionales de Catamarca, Salta, Jujuy, Tucumán y Chilecito. La UNdeC ejercerá la presidencia en el primer periodo.

DEPORTE: El acontecimiento deportivo del año lo protagonizó el equipo de básquet de la UNdeC. Tras coronarse Campeón del Torneo Apertura de la divisional B de la Liga Chileciteña logró el ascenso a la máxima división. Si los universitarios obtienen resultados positivos en la “A”, podrán representar al Departamento Chilecito en la Liga Nacional “C” y competir con representantes de todas las provincias argentinas.
Es para destacar que el equipo está conformado íntegramente por alumnos regulares y activos.
Recientemente, las autoridades de la UNdeC premiaron a los flamantes campeones con medallas de recordatorio y un brindis.
En el ámbito deportivo también es destacable la participación de toda la comunidad universitaria en el Campeonato de Fútbol Intercarreras 2007. El torneo, llevado a cabo en las instalaciones del Club Newell’s Old Boys de Chilecito, contó con la participación de 12 equipos de 15 jugadores cada uno (alumnos, docentes y administrativos).
La final la disputaron los Contracturistas (Abogacía) y los representantes de Agronomía, consagrándose campeones los abogados, tras vencer por 2 a 0.
Las autoridades de UNdeC premiaron a los finalistas con medallas y trofeo para el 1º, 2º y 3º lugar, finalizando la entrega de premios con un agasajo para los 180 participantes del torneo.

ACTIVIDADES CULTURALES: La UNdeC trabaja permanentemente para ganar el lugar que merece en la comunidad chileciteña. La Universidad debe ser participante activa de la cultura local y regional. Por este motivo, organizó una importante cantidad de eventos artísticos y culturales.
En primer lugar, cabe destacar la exposición anual de artistas plásticos de la región, instalada en el hall central de la Sede Central.
Por allí pasaron más de 70 obras de alrededor de 20 de artistas, que exhibieron sus pinturas, esculturas y fotografías. Sobre la exposición permanente se elaboró una pieza promocional específica.
La Universidad también encabezó y promocionó la realización de 6 conciertos durante el receso invernal, con la presencia de artistas locales. Los casi 500 espectadores que acudieron en las sucesivas noches al Aula Magna de la UNdeC, aplaudieron de pie cada presentación, dedicando un especial reconocimiento a la concertista Dora Heinzeck de
Phiel.
Asimismo, el Club Atlético Chilecito fue sede de otro recital organizado por la UNdeC, donde se presentó la revelación de Cosquín 2007, el Grupo Vocal Aguablanca, con la presencia de 200 espectadores.

CURSOS Y SEMINARIOS: Durante todo el año se realizaron distintas charlas y conferencias abiertas a todo el público. Fueron en total alrededor de veinte y los temas han sido sumamente variados. El diseño de los cursos estuvo a cargo de las carreras y la logística fue responsabilidad de la Secretaría de Gestión Comunitaria.
Uno de los más destacados fue “La Reforma Constitucional en La Rioja”. Poco antes de discutirse la Reforma, los legisladores de todos los partidos accedieron a la invitación de la UNdeC para comentar las plataformas políticas que sustentaban su postura en la discusión. Fueron cuatro intensas jornadas de discusión presenciadas por más de 100 personas. Los expositores fueron: Dra. Olga Inés Brizuela y Doria, Dra. Cristina Adriana Salzwedel, Dr. Héctor Durán Sabas, Dr. Mario Guzmán Soria (congresales constituyentes); Dra. María Beatriz Romano, Dra. Gabriela Azucena Rodríguez (docentes de la UNdeC) y el Dr. José Tomás Yoma, congresal constituyente y docente de la UNdeC.

sábado, 12 de enero de 2008

Resolución Rectoral Nº 336-07 - 03/Dic/2007

VISTO: La necesidad de realizar las designaciones docentes por Concurso Público de Antecedentes y Oposición, la Ley Nº 24.521, el Estatuto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO, aprobado por Resolución del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA Nº 441/07, y

CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 24.521 en su Artículo 11º establece que “Son derechos de los docentes de las instituciones estatales de educación superior, sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación específica: a) Acceder a la carrera académica mediante concurso público y abierto de antecedentes y oposición”.

Que la citada Ley establece, asimismo, en su Artículo 51º que “El ingreso a la carrera académica universitaria se hará mediante concurso público y abierto de antecedentes y oposición, debiéndose asegurar la constitución de jurados integrados por profesores por concurso, o excepcionalmente por personas de idoneidad indiscutible aunque no reúnan esa condición, que garanticen la mayor imparcialidad y el máximo rigor académico. Con…”

Que, de modo concordante con las previsiones de la Ley de Educación Superior, el Artículo 33º del Estatuto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO, prevé que “El Consejo Superior dictará la Reglamentación de concursos para acceder a cargos docentes/investigadores ordinarios de conformidad con la Ley de Educación Superior vigente. La reglamentación que se dicte sobre dichos Concursos asegurará en todos los casos: a) La formación de jurados con idoneidad e imparcialidad indiscutida, que deberán integrarse con profesores ordinarios de la disciplina con jerarquía no inferior a la del cargo objeto del concurso o personas de reconocida trayectoria en la materia. b) La publicidad de todos los actos relativos al Concurso. c) Respecto de los postulantes, su capacidad científica y docente, su integridad moral y la observación de las leyes fundamentales de La Nación. d) La posibilidad de recusación de los miembros del jurado y los recursos administrativos que correspondieren.”

Que el grado de desarrollo del proceso de organización de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO, requiere que a partir de la normativa aplicable a la materia, se dicte la reglamentación necesaria a los fines de propender a la conformación del claustro docente mediante la realización de concursos de antecedentes y oposición.

Que en la reglamentación que se propicia por el presente acto administrativo se establecen las condiciones de realización de los concursos y las pautas para su desarrollo, respetándose las previsiones del Estatuto de la Universidad y de la Ley de Educación Superior.

Que en mérito a lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo por el cual se apruebe el Reglamento de Concursos Docentes que como Anexo I se agrega al presente acto.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Educación Superior Nº 24.521, Ley Nº 25.813 de Creación de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO, y Resoluciones del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA Nº 336/04 y Nº 550/05.

Por ello, EL RECTOR ORGANIZADOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase el Reglamento de Concursos Docentes en el marco de la Ley Nº 24.521, el Estatuto Provisorio, aprobado por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA mediante Resolución Nº 441/07 y que se agrega como Anexo I del presente acto administrativo

ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese, tomen razón la SECRETARÍA DE GESTIÓN ACADÉMICA Y DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA y la SECRETARÍA DE GESTIÓN INTITUCIONAL y cumplido archívese.

ANEXO I

REGLAMENTO DE CONCURSOS DOCENTES

CAPITULO I - DEL LLAMADO A CONCURSO

ARTICULO 1°.- Los concursos para la designación de docentes ordinarios de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO, se regirán por el Estatuto de la Universidad, el presente reglamento y los que en su consecuencia se dicten.

ARTICULO 2°.-Todos los plazos establecidos en la presente se contarán por los días hábiles en la Universidad, no computándose como tales los días sábados. Dichos plazos serán perentorios e improrrogables para los aspirantes, salvo expresa disposición en contrario del presente reglamento.

ARTICULO 3°.- El Rector decidirá el llamado a concurso para cubrir los cargos docentes que estuvieren vacantes o cubiertos interinamente o se considerare necesario crear. El llamado se hará por Departamento y para cumplir funciones en áreas y/o asignaturas relacionadas con su área disciplinar, especificando:

a) El área de interés departamental

b) La categoría: Profesor ( Titular - Asociado – Adjunto) - Auxiliar Docente (Jefe de trabajos prácticos y Auxiliar de Primera)

c) La dedicación: Simple .- Parcial - Completa – Exclusiva (con retención de título)

d) El día y la hora de apertura y cierre de la inscripción

El llamado deberá darse a publicidad utilizando los medios de comunicación adecuados al llamado específico en función del área disciplinar, la asignatura y la dedicación definidas para el concurso respectivo.

En función de los mecanismos de publicidad definidos para cada concurso, se deberá determinar una fecha de cierre tal que permita garantizar la presentación de todos los interesados que se hayan informado de la realización del mismo.

ARTICULO 4°.- Durante el período de inscripción establecido en el llamado a concurso, el aspirante podrá:

a) Solicitar las especificaciones mencionadas en el artículo 3°.

b) Retirar los formularios para la inscripción

c) Solicitar toda reglamentación relacionada con el llamado a concurso

d) Informarse sobre las fechas en que serán dados a conocer los miembros del tribunal y las vías para acceder a dicha información.

ARTICULO 5°.- Se suspenderá el llamado a concurso en los cargos a que aspiren el Rector o el Vicerrector, Director de Departamento o Director de Escuela, mientras permanezcan en sus funciones a solicitud del interesado. Esta suspensión podrá hacerse extensiva por resolución del Rector a quienes ejerzan funciones directivas análogas.

CAPITULO II - DE LA INTEGRACIÓN DE LOS JURADOS

ARTICULO 6°.- El jurado estará integrado por TRES (3) miembros titulares y al menos UN (1) miembro suplente. Los miembros titulares y suplentes deberán ser o haber sido docentes-investigadores por concurso de ésta u otras Universidades del país o del extranjero o excepcionalmente personas de idoneidad comprobada aunque no reúnan esa condición, con jerarquía por lo menos equivalente a la del cargo que se concursa, o especialistas destacados en la materia o área correspondiente al llamado a concurso o disciplinas afines, de autoridad e imparcialidad acreditadas.

ARTICULO 7°.- Los miembros del jurado deberán ser designados por el Rector debiendo hacerse público los mismos hasta SIETE (7) días antes del cierre de la inscripción de los postulantes.

El Rector, Vicerrector, Directores de Departamentos, Directores de Escuelas y Secretarios de la Universidad no podrán ser miembros de ningún jurado en su jurisdicción específica.

ARTICULO 8°.- En caso de fallecimiento, renuncia, excusación, incapacidad sobreviniente o eliminación por recusación o remoción, y en cuanto no haya suplentes habilitados, se efectuará la designación de nuevos miembros en la misma forma determinada precedentemente.

En caso que la vacancia de algún miembro del jurado se produjera de manera previa al cierre de la presentación de los postulantes, la conformación del nuevo tribunal se exhibirá en los transparentes de la Universidad desde su designación y hasta la fecha de cierre de la inscripción.

Cuando la vacante se produzca de manera posterior a dicho cierre, los postulantes inscriptos deberán ser notificados de las nuevas designaciones.

Los miembros del jurado, una vez notificados y aceptado el cargo, no podrán renunciar para inscribirse como aspirantes, salvo autorización expresa del Rector.

ARTICULO 9°.- Podrán ser objeto de recusación quienes hubieran incurrido o se hallaren incursos en los siguientes supuestos:

a) Cualquiera de las causales establecidas en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación relativas a la recusación de los jueces, en cuanto sean aplicables.

b) No reunir las calidades exigidas en el artículo 6° para integrar el jurado.

c) Persecución a docentes, no docentes o alumnos por razones ideológicas o políticas debidamente probadas o encontrarse condenado por violación a los derechos humanos.

Los miembros del jurado deberán excusarse por las mismas causales. No serán admitidas recusaciones sin expresión de causa.

ARTICULO 10°.- Las recusaciones podrán ser planteadas únicamente por los postulantes en el momento de la inscripción en el concurso o en el plazo previsto en el artículo 8° cuando corresponda. Cuando la causal de recusación se funde en las relaciones de los miembros del Jurado con los aspirantes, deberá plantearse dentro de los TRES (3) días de vencida la exhibición de la nómina de los inscriptos a que refiere el artículo 13º de la presente.

De la recusación el rector correrá traslado al recusado por el término de TRES (3) días, en el lapso de los cuales deberá ser contestado.

El incidente de recusación lo resolverá el Rector dentro de los CINCO (5) días de contestado el traslado o de vencido el plazo para hacerlo. La resolución que se adopte no podrá ser recurrida, salvo el caso de nulidad por vicios formales en el procedimiento.

ARTICULO 11°.- El desempeño del cargo de miembro del jurado en un concurso constituye carga docente para el caso de los profesores en ejercicio en esta Universidad. El incumplimiento de sus obligaciones o incorrecto desempeño será considerado falta grave, siendo pasible de la aplicación medidas sancionatorias por su conducta.

CAPITULO III - DE LA PRESENTACIÓN A CONCURSO

ARTICULO 12°.- A los fines de la inscripción, y dentro del plazo establecido en el artículo 3°, los aspirantes deberán presentar CUATRO (4) ejemplares impresos de:

a) Solicitud de inscripción al concurso.

b) Recusación, si correspondiere, de alguno o algunos de los miembros titulares o suplentes del Jurado.

c) Formulario de presentación a Concurso consignando:

1.- Los datos personales, el domicilio real y el especial constituido a los fines del concurso y la declaración, bajo fe de juramento, de que se conocen y aceptan el presente reglamento, las bases del concurso y toda otra norma específica relacionada con el cargo objeto de concurso.

2.- Nómina de títulos y antecedentes, firmados por el interesado. Además, deberá acompañarse:

I. Copia autenticada de los títulos obtenidos en la especialidad o afines a la misma. Los títulos universitarios de grado obtenidos en Universidades extranjeras que tengan su equivalente con los que otorgan las Universidades del país, deberán presentarse con la constancia de haber sido convalidados o revalidados en una Universidad Nacional.

II. Carpeta de comprobantes conteniendo copias autenticadas de todos los demás títulos y antecedentes, incluyendo libros, publicaciones y trabajos inéditos que se invoquen en la presentación. En el caso que se hallen incorporados en el legajo personal obrante en esta Universidad, bastará hacer la remisión correspondiente.

ARTICULO 13°.- Vencido el plazo de inscripción se exhibirá la nómina de inscriptos en los ámbitos correspondientes, en lugares perfectamente visibles, por el lapso de TRES (3) días. Durante este período los postulantes podrán solicitar, por escrito, vistas de las demás presentaciones.

ARTICULO 14°.- Después del período fijado en el artículo anterior y por un lapso igual, los aspirantes, podrán ejercer el derecho de objetar por escrito ante el Rector, a uno o más de los aspirantes inscriptos, consignando las causales concretas y objetivas, así como las correspondientes pruebas.

Podrán ser consideradas causales de objeción las mencionadas en el artículo 9° inciso “a” y “c”.

El aspirante objetado podrá ejercer su derecho de defensa dentro del lapso de CINCO (5) días de habérsele notificado la objeción.

Las objeciones serán evaluadas y resueltas fundadamente por el Rector, siendo tal resolución irrecurrible.

CAPITULO IV - DE LA ACTUACIÓN DE LOS JURADOS

ARTICULO 15°.- Una vez cerrados los procedimientos de recusación de los miembros del jurado y de objeción de los aspirantes, se procederá a citar en forma fehaciente a los miembros del jurado para constituir el tribunal en la fecha determinada dentro de los CINCO (5) días siguientes al de la citación.

El jurado podrá constituirse con miembros titulares o suplentes. El suplente que asuma la titularidad deberá continuar en tal carácter hasta la finalización del concurso. El jurado deberá constituirse con el número total prescripto por el artículo 6° de la presente y, una vez constituido, no podrá ser ampliado ni sustituido ninguno de sus miembros. En el caso excepcional de fallecimiento de uno de sus miembros en esta etapa será reemplazado por un suplente.

ARTICULO 16º.- El jurado sustanciará el concurso en TRES (3) etapas:

a) Estudio y evaluación de títulos y antecedentes.

b) Pruebas de oposición.

c) Entrevista personal.

Las pruebas de oposición consistirán en dictar clase, analizar contenidos y objetivos de la materia o área, explicitar un plan de trabajo, exponer un proyecto en relación al futuro desarrollo de la actividad académica del concursante, rendir pruebas de conocimiento u otras similares que el jurado estime pertinente.

La entrevista personal con el jurado tendrá el carácter de coloquio en el cual se tratarán los temas que el jurado estime convenientes o que surjan del análisis de las pruebas anteriores.

Todas las pruebas y entrevistas serán públicas, a excepción de otros postulantes para el mismo concurso quienes no podrán presenciar dichas pruebas.

La totalidad de las etapas deberán cumplirse en un plazo máximo de QUINCE (15) días.

ARTICULO 17°.- El jurado deberá tener en cuenta para la valoración los siguientes ponderaciones máximas:

a) Estudio y evaluación de títulos y antecedentes. 40 %

b) Pruebas de oposición. 35 %

c) Entrevista personal. 25 %

En ningún caso un postulante podrá incluirse en el Orden de Mérito si no reúne como mínimo el 60 % del puntaje total y al menos el 25 % del puntaje de cada una de las pruebas.

Cuando sólo se presente un postulante y el mismo, a criterio del tribunal, posea destacados antecedentes en el área objeto de concurso, el tribunal podrá obviar la prueba de oposición asignando en este caso el puntaje total establecido.

ARTICULO 18°.- Los miembros del jurado deberán expedirse dentro del lapso de CINCO (5) días contados a partir de la fecha en que se receptó la última prueba. De resultar insuficiente el término acordado, los miembros del jurado podrán solicitar prórroga mediante petición debidamente fundada al Rector, quien resolverá sin más trámite denegando o fijando el plazo de prórroga.

Vencido el término al que se refiere el párrafo anterior o el de su prórroga, el Rector intimará por el plazo de DOS (2) días a los miembros del jurado que, habiendo actuado en el concurso, no hubieran producido dictamen. Transcurrido el plazo, se continuará válidamente el trámite aunque faltaren hasta DOS (2) de los dictámenes.

ARTICULO 19°.- Los miembros del jurado podrán emitir una evaluación en forma individual o conjunta. En el primer caso, cada uno de los miembros presentará un documento por escrito, explícito, fundado y firmado. En caso de existir coincidencia entre alguno o todos los miembros del jurado, éstos podrán reproducir un mismo documento suscribiéndolo separadamente, o bien labrar evaluación en forma conjunta. La evaluación deberá al menos contener en relación con cada aspirante al menos el detalle valorativo de los siguientes elementos:

a) Títulos y antecedentes

b) Pruebas de oposición y entrevista personal.

c) Todo otro elemento de juicio que considere imprescindible, incluida la participación demostrada en el ámbito universitario y comunitario.

ARTICULO 20°.- Los miembros del jurado podrán, sobre las evaluaciones a que hace referencia el artículo anterior, emitir dictámenes en forma individual o conjunta. En el primer caso, cada uno de los miembros presentará un dictamen por escrito, explícito, fundado y firmado. En caso de existir coincidencia entre alguno o todos los miembros del jurado, éstos podrán reproducir un mismo dictamen suscribiéndolo separadamente, o bien labrar dictamen en forma conjunta. El dictamen deberá al menos contener:

1. Justificación fundada en el caso de aconsejar se declare desierto el concurso.

2. Justificación fundada de la nómina de los candidatos en condiciones de ser designados en el cargo o cargos objeto del concurso, dejándose constancia del criterio valorativo adoptado y el Orden de Mérito correspondiente.

ARTICULO 21°.- El dictamen del jurado deberá ser notificado fehacientemente a los concursantes dentro de los TRES (3) días de emitido y será impugnable sólo por defectos de forma o de procedimiento, así como por manifiesta arbitrariedad, dentro de los CINCO (5) días de su notificación. Este recurso, debidamente fundado, deberá ser interpuesto por escrito ante el Rector.

ARTICULO 22°.- Dentro de los CINCO (5) días de notificados todos los concursantes y sobre la base del dictamen o dictámenes producidos y de las posibles impugnaciones que hubieran formulado los aspirantes, las que deberán ser resueltas con el asesoramiento legal que correspondiere, el Rector podrá:

a) Aprobar el dictamen, si éste fuera unánime, o alguno de los dictámenes, si se hubiera producido más de uno.

b) Aprobar el dictamen, si éste fuera unánime, o alguno de los dictámenes, si se hubiera producido más de uno.

c) Solicitar al jurado la ampliación o aclaración de su dictamen, en cuyo caso aquél deberá expedirse dentro de los TRES (3) días de recibidas las actuaciones.

d) Declarar desierto el concurso.

e) Dejar sin efecto el concurso.

ARTICULO 23°.- Una vez agotadas las instancias establecidas en el artículo anterior el Rector procederá a la designación como docente ordinario a quién corresponda. La designación de un docente ordinario no podrá efectuarse en un régimen de dedicación inferior del establecido en el respectivo llamado a concurso. Las designaciones de los docentes resultantes de los concursos no implican la consolidación de la asignación de funciones ni de los cargos respectivos en la unidad pedagógica concursada (Departamento, Área, u otra). Dicha asignación dependerá de eventuales modificaciones de los planes de estudio o reorganización académica del Departamento de la Universidad.

ARTICULO 24°.- La Universidad otorgará al docente designado un diploma que acreditará el carácter de la designación.

Resolución Rectoral Nº 365-07 - 28/Dic/2007

VISTO: La necesidad de realizar las designaciones docentes por Concurso Público de Antecedentes y Oposición, la Ley Nº 24.521, el Estatuto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO, aprobado por Resolución del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA Nº 441/07, la Resolución Rectoral Nº 336-07, y

CONSIDERANDO: Que por la Resolución Rectoral mencionada en el visto se aprueba el Reglamento de Concursos de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO.

Que en dicho reglamento se establecen los procedimientos y plazos necesarios a los fines de la determinación de las pautas para su desarrollo, respetándose las previsiones del Estatuto de la Universidad y de la Ley de Educación Superior.

Que, a partir de contar con un marco normativo adecuado, y considerando que la conformación del claustro docente es una de las responsabilidades del Rector Normalizador, corresponde realizar los respectivos llamados a concurso.

Que, dada la imposibilidad de realizar un llamado simultaneo para la convocatoria a concurso de todos los cargos necesarios, resulta pertinente desarrollar un cronograma que permita la realización de los mismos en etapas sucesivas.

Que el criterio para definir la inclusión de las distintas áreas a concursar se realizó con la intervención de los Directores de Carrera con el fin de determinar las necesidades de las mismas y su adecuación en el tiempo.

Que como anexo de la presente resolución se incorpora el Plan de la Primera etapa.

Que en mérito a lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo por el cual se promueve la realización de los concursos docentes, aprobando el Plan para su realización.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Educación Superior Nº 24.521, Ley Nº 25.813 de creación de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO y las Resoluciones del MINISTERIO DE EDUCACION CIENCIA Y TECNOLOGIA Nº 336/04 y Nº 550/05.

Por ello, EL RECTOR ORGANIZADOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Promuévese la realización de los concursos docentes con el fin de propender a la conformación del Claustro Docente en el marco de la Ley Nº 24.521, el Estatuto Provisorio de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHILECITO, aprobado por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA, mediante Resolución Nº 441/07 y el Reglamento de Concursos aprobado mediante Resolución Rectoral Nº 336-07.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Plan de la Primera Etapa de Concursos docentes que como Anexo forma parte de la presente.

ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese, tome razón la SECRETARÍA DE GESTIÓN INTITUCIONAL, la SECRETARÍA DE GESTIÓN ACADÉMICA Y DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA y cumplido archívese.

viernes, 11 de enero de 2008

Concurso Docente.

La Universidad Nacional de Chilecito convoca a concurso público de oposición y antecedentes para cubrir los siguientes cargos de docentes-investigadores:

Departamento

Área

Asignatura de Referencia

Cargo

Dedicación

I-01/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Privado

Derecho Agrario Forestal y Minero

1 (un)

Titular

Simple

I-02/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Privado

Derecho Agrario Forestal y Minero

1 (un)

Ayudante de Primera

Simple

I-03/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Público

Derecho Constitucional

1 (un)

Titular

Simple

I-04/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Público

Derecho Constitucional

1 (un)

Adjunto

Simple

I-05/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Público

Derecho Constitucional

1 (un)

Jefe de Trabajos Prácticos

Simple

I-06/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Público

Derecho Politico

1 (un)

Titular

Simple

I-07/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Público

Derecho Politico

1 (un)

Jefe de Trabajos Prácticos

Simple

I-08/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Privado

Derecho de la Navegación

1 (un)

Titular

Simple

I-09/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Privado

Derecho de la Navegación

1 (un)

Ayudante de Primera

Simple

I-10/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Procesal

Derecho Procesal Penal

1 (un)

Titular

Simple

I-11/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Procesal

Derecho Procesal Penal

1 (un)

Ayudante de Primera

Simple

I-12/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Procesal

Derecho Procesal Civil y Laboral

1 (un)

Titular

Simple

I-13/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Procesal

Derecho Procesal Civil y Laboral

1 (un)

Jefe de Trabajos Prácticos

Simple

I-14/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Público

Derecho Administrativo

1 (un)

Titular

Simple

I-15/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Público

Derecho Administrativo

1 (un)

Ayudante de Primera

Simple

I-16/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Público

Derecho Penal II

1 (un)

Titular

Simple

I-17/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Derecho Público

Derecho Penal II

1 (un)

Adjunto

Simple

I-18/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Comunicación

Comunicación Social

1 (un)

Titular

Simple

I-19/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Comunicación

Comunicación Social

1 (un)

Jefe de Trabajos Prácticos

Simple

I-20/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Producción

Producción Gráfica

1 (un)

Titular

Simple

I-21/08

Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas

Producción

Producción Gráfica

1 (un)

Jefe de Trabajos Prácticos

Simple

I-22/08

Ciencias Sociales,

Jurídicas y

Económicas

Idioma

Inglés I

1 (un)

Titular

Simple

I-23/08

Ciencias Sociales,

Jurídicas y

Económicas

Idioma

Inglés I

1 (un)

Jefe de Trabajos Prácticos

Simple

I-24/08

Ciencias Sociales,

Jurídicas y

Económicas

Idioma

Francés I

1 (un)

Titular

Simple

I-25/08

Ciencias Sociales,

Jurídicas y

Económicas

Idioma

Francés I

1 (un)

Jefe de Trabajos Prácticos

Simple

Las convocatorias detalladas se han realizado conforme a la Ley de Educación Superior , el Estatuto de la UndeC , y las Resoluciones Rectorales Nº 336/07 de aprobación del Reglamento de Concursos Docentes y Nº 365/07 de aprobación del plan de concursos.

Las bases y condiciones podrán retirarse entre los días 12 y 27 de febrero de 2008 en el horario de 10 a 13 y de 16 a 19 horas, en la Secretaría de Gestión Académica y de Ciencia y Tecnología, Sede Centro, 9 de julio Nº 22, Chilecito, La Rioja, o de la página web: http://www.undec.edu.ar

La inscripción al concurso cierra el día 27 de febrero a las 19 horas. Los formularios de postulación deberán presentarse en la Secretaría de Gestión Académica y de Ciencia y Tecnología, Sede Centro, 9 de julio Nº 22, Chilecito, La Rioja.

Por consultas comunicarse, en las fechas mencionadas, a:

Tel.: +543825 427200.

Fax: +543825 427214

E-mail: concursodocente@undec.edu.ar

Datos personales

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El rasgo mas caracteristico del Ing. Caminoa es la ARBITRARIEDAD.